Quién está exento del DELE A2, y por qué la lista tiene veinte nombres
Casi todo el error de esta materia nace de creer que hay una sola lista de países. Hay cuatro, y no coinciden: por eso un brasileño tiene dos años de residencia y hace el DELE, y por eso Puerto Rico está exento de idioma sin estar en ninguna otra lista.
Última actualización: 14 de agosto de 2026
- Hay cuatro listas de países, no una
- La lista cerrada de veinte nombres
- Guinea Ecuatorial y Puerto Rico
- Dos años de residencia y, aun así, DELE
- La ley es más abierta que el reglamento
- El requisito «de origen» que la norma no dice
- Las otras tres vías de exención
- Estudios cursados en España
- Menores, capacidad modificada y discapacidad
- Nada de esto exime del CCSE
Hay cuatro listas de países, no una
Cuatro preceptos distintos conceden cuatro ventajas distintas a cuatro conjuntos de países que se solapan sin coincidir. Fundirlas es el origen de la mayor parte de la información equivocada que circula.
| Precepto | Qué concede | Fórmula de la norma | |
|---|---|---|---|
| A | art. 22.1 CC | plazo de 2 años en lugar de 10 | «nacionales de origen» de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, y sefardíes |
| B | art. 23.b) CC | no hay que renunciar a la nacionalidad anterior | «naturales» de los países del art. 24.1 y sefardíes originarios de España |
| C | art. 24.1 CC | no se pierde la española de origen al adquirir otra | países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal |
| D | art. 6.5 RD 1004/2015 | no hay que hacer el DELE A2 | lista cerrada de veinte nombres |
Esta página trata la lista D. Las otras tres se explican en la vía por residencia y en lo que ocurre tras la concesión.
La lista cerrada de veinte nombres
El artículo 6.5 del RD 1004/2015 enumera veinte entradas y ninguna más:
Argentina · Bolivia · Chile · Colombia · Costa Rica · Cuba · Ecuador · El Salvador · Guatemala · Guinea Ecuatorial · Honduras · México · Nicaragua · Panamá · Paraguay · Perú · Puerto Rico · República Dominicana · Uruguay · Venezuela.
No se ha modificado desde 2015. La exención es automática: no se solicita, no se resuelve y no genera resolución alguna. Quien está en la lista sencillamente no aporta certificado de idioma.
Guinea Ecuatorial y Puerto Rico
Son los dos nombres que descolocan a quien espera una lista de países hispanoamericanos.
Guinea Ecuatorial está en tres de las cuatro listas: tiene el plazo de dos años, está exceptuada de renuncia y está exenta del DELE. Y sin embargo sus documentos públicos no se apostillan, porque no es parte del Convenio de La Haya: van por la vía diplomática completa. Es una combinación única.
Puerto Rico está solo en la lista de idioma. No da plazo de dos años, no exceptúa de renuncia y no entra en el artículo 24.1, sencillamente porque no es un Estado y esos tres preceptos hablan de nacionalidad. La lista de idioma, en cambio, mira a la lengua oficial del territorio, y por eso puede incluirlo.
Dos años de residencia y, aun así, DELE
Brasil, Portugal, Andorra y Filipinas están en las listas A, B y C —dos años, sin renuncia, sin pérdida— y no están en la D. Sus nacionales acceden al plazo corto y aun así deben acreditar el idioma con el DELE A2 o con alguno de los certificados equivalentes.
Es la prueba más clara de que las cuatro listas son independientes. Portugal añade un detalle: es el único Estado de la Unión Europea con plazo de dos años, y tampoco eso lo dispensa del examen de idioma.
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La ley es más abierta que el reglamento
La disposición final 7.ª.3 de la Ley 19/2015 habla de «países o territorios en que el español sea el idioma oficial». El reglamento cierra ese criterio en veinte nombres. Hay, por tanto, argumento jurídico para invocar la fórmula legal frente a la lista reglamentaria; pero la práctica administrativa aplica la lista cerrada.
Lo decimos como lo que es: una tensión entre norma con rango de ley y reglamento, no una vía que podamos recomendar. Quien esté en ese supuesto necesita asesoramiento profesional, no una página web.
El requisito «de origen» que la norma no dice
Una respuesta frecuente del Instituto Cervantes añade una condición: que se trate de nacionalidad «de origen y no adquirida». Ni el artículo 6.5 del RD ni el artículo 10.2 de la Orden JUS/1625/2016 contienen esas palabras. Parece una traslación indebida del artículo 22.1 del Código Civil, que sí exige ser nacional de origen, pero para el plazo de dos años, no para el idioma.
No hemos podido verificar que esa exigencia sea aplicable, así que no la damos por buena ni la negamos: la señalamos como cautela de comprobación para quien haya adquirido después una de esas veinte nacionalidades.
Las otras tres vías de exención
| Vía | Norma | ¿Hay que pedirla? |
|---|---|---|
| Nacionalidad de la lista de veinte | art. 6.5 RD · art. 10.2 Orden | No, es automática |
| Acreditación alternativa con otro certificado | art. 10.3 Orden | No, se aporta y basta |
| Dispensa | art. 10.5 Orden | Sí, y debe resolverse antes de solicitar |
La diferencia importa en el calendario. Las dos primeras no consumen tiempo; la tercera es un procedimiento previo que hay que tener resuelto antes de presentar la solicitud de nacionalidad, no después.
Estudios cursados en España
- ESO española: dispensa del DELE y del CCSE, y no hace falta pedir dispensa previa.
- Bachillerato, formación profesional o estudios universitarios: dispensan solo del DELE.
- No valen los estudios con currículo extranjero, aunque el centro esté en España.
Esta es la única puerta de salida real del CCSE por vía de estudios, y explica por qué la respuesta correcta a «¿me libro del examen?» depende de qué título español se tenga, no de qué idioma se hable.
Menores, capacidad modificada y discapacidad
Los menores y las personas con capacidad judicialmente modificada quedan fuera de ambas pruebas (artículo 6.6 del RD y artículo 10.6 de la Orden), aportando certificados de centros de formación. El certificado escolar es, en palabras del reglamento, «obligatorio en el caso de niños en edad escolar». Un matiz de vocabulario que conviene retener: la palabra «exención» no aparece en el RD, que articula un medio alternativo de acreditación.
Nada de esto exime del CCSE
Salvo la ESO española y los supuestos de menores y capacidad modificada, todo lo anterior afecta al idioma. No existe exención del CCSE por nacionalidad. Un argentino no tiene que demostrar que habla español; sí tiene que demostrar que conoce la Constitución, la organización territorial y el funcionamiento cotidiano del país del que va a ser ciudadano.
Y una advertencia que cierra el círculo: estar exento del DELE y aprobar el CCSE tampoco da la nacionalidad. El artículo 6.8 del RD 1004/2015 dispone que las pruebas se valoran junto con los informes del artículo 8. Son condición necesaria, no suficiente. Esto es información, no asesoramiento jurídico.
Preguntas frecuentes
¿Qué países están exentos del DELE A2?
Los veinte que enumera el artículo 6.5 del RD 1004/2015: Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guinea Ecuatorial, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. Es una lista cerrada, sin cambios desde 2015.
¿Por qué un brasileño tiene dos años de residencia y aun así hace el DELE?
Porque son dos listas distintas. El plazo de dos años lo da el artículo 22.1 del Código Civil a los iberoamericanos; la exención de idioma la da el artículo 6.5 del RD 1004/2015 a veinte nacionalidades, entre las que no están Brasil, Portugal, Andorra ni Filipinas.
¿Puerto Rico da derecho al plazo de dos años?
No. Puerto Rico figura únicamente en la lista de exención de idioma. Al no ser un Estado, no entra en las listas de plazo reducido, de exención de renuncia ni de conservación de la nacionalidad española.
¿Hay que pedir la exención del DELE A2?
La exención por nacionalidad es automática: no se pide y no se resuelve. La acreditación con otro certificado tampoco se pide, se aporta. Solo la dispensa del artículo 10.5 de la Orden JUS/1625/2016 hay que solicitarla, y debe estar resuelta antes de presentar la solicitud de nacionalidad.
¿Los hispanohablantes están exentos del CCSE?
No. La exención por nacionalidad afecta al DELE A2, que mide idioma. El CCSE mide conocimientos constitucionales y socioculturales de España, y no tiene exención por nacionalidad.
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Fuentes oficiales
- Real Decreto 1004/2015, artículos 6.5, 6.6 y 6.8
- Orden JUS/1625/2016, artículo 10 (BOE-A-2016-9314)
- Ley 19/2015, disposición final 7.ª.3
- Código Civil, artículos 22.1, 23.b) y 24.1
Los textos citados son verificables en el «Boletín Oficial del Estado», en su versión consolidada.
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