Nacionalidad española: menores de edad
Un menor escolarizado en España no hace el CCSE ni el DELE, pero el reglamento no dice «exención»: dice otra cosa, y esa diferencia de palabra decide qué papel hay que aportar.
Última actualización: 14 de agosto de 2026
- El año del nacido en España: artículo 22.2.a)
- Las pruebas: no es exención, es medio alternativo
- La discrepancia que nadie ha corregido desde 2021
- Nacidos en España de padres extranjeros
- Saharauis: dos supuestos que se mezclan siempre
- Discapacidad no es incapacitación
- Al cumplir los dieciocho
- Errores frecuentes
El año del nacido en España: artículo 22.2.a)
El primero de los seis supuestos del artículo 22.2 del Código Civil es «el nacido en territorio español», y le corresponde el plazo de un año de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud. No es un precepto pensado solo para niños —vale a cualquier edad—, pero es el que resuelve la situación de la mayoría de los menores extranjeros que crecen aquí.
Conviene separarlo de la nacionalidad de origen. El 22.2.a) no dice que quien nace en España sea español: dice que, si no lo es, el plazo de residencia que se le exige para solicitarla es uno, no diez. Es una vía de concesión, con expediente y con la posibilidad de una denegación.
Las pruebas: no es exención, es medio alternativo
El artículo 6.6 del RD 1004/2015 y el artículo 10.6 de la Orden JUS/1625/2016 dejan fuera de las dos pruebas del Instituto Cervantes a los menores y a las personas con capacidad judicialmente modificada. Hasta aquí, lo que todo el mundo repite.
De ahí sale la consecuencia práctica. El certificado del centro es, en el texto del reglamento, obligatorio «en el caso de niños en edad escolar». No es un documento de apoyo que refuerce el expediente: es el medio previsto para acreditar aquello que en un adulto acreditan las dos pruebas. Un expediente de menor escolarizado sin ese certificado no está aportando de menos: está aportando otra cosa.
Y una precisión que ahorra dinero: nadie tiene que inscribir a un menor en el CCSE «por si acaso». Los 85 € que cuesta la prueba —precio que fija el Instituto Cervantes, no una tasa del BOE— no se recuperan salvo que se pida el reembolso dentro de catorce días naturales.
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La discrepancia que nadie ha corregido desde 2021
Es el detalle de esta materia que casi ninguna web recoge, y afecta a la tramitación de todos los expedientes de menores.
La Ley 8/2021 suprimió, con efectos desde el 3 de septiembre de 2021, la autorización del encargado del Registro Civil previo dictamen del Ministerio Fiscal cuando existe acuerdo entre los representantes legales del menor. El artículo 5.2.a) del RD 1004/2015, sin embargo, sigue exigiéndola: el reglamento no se ha adaptado a la ley que lo desborda.
El desajuste está documentado por nota oficial del Ministerio, así que no es una hipótesis doctrinal. Lo que no vamos a hacer aquí es decirte cómo actuar ante una discrepancia entre una ley posterior y un reglamento no adaptado: es exactamente el terreno donde el criterio de la oficina concreta y el asesoramiento sobre tu expediente pesan más que cualquier regla general.
Nacidos en España de padres extranjeros
Los artículos 17.1.b) y c) funcionan con una lógica distinta a la del 22.2.a): no reducen un plazo, atribuyen la nacionalidad española de origen al nacido en España de padres extranjeros cuando la ley de estos no le atribuye una nacionalidad. Su finalidad es evitar la apatridia, no premiar el lugar de nacimiento.
La Instrucción de la DGRN de 28 de marzo de 2007 identificó los casos habituales de entonces: hijos de argentinos, bolivianos, colombianos, cubanos y ecuatorianos —en este último caso con la condición de «estancia no transitoria»— y de saharauis apátridas.
Saharauis: dos supuestos que se mezclan siempre
Son dos preguntas distintas y tienen respuestas distintas.
| Supuesto | Respuesta |
|---|---|
| Hijo de saharauis nacido en España | Puede encajar en el artículo 17.1.c), por la vía de la apatridia |
| Nacido en el antiguo Sáhara Español | No, según la jurisprudencia del Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo |
No damos aquí número de sentencia: existe una discrepancia de cita sin resolver entre dos resoluciones de 2020, y publicar una referencia equivocada en una materia como esta es peor que no publicar ninguna. El criterio, en cambio, está claro y es el que consta en la tabla.
Discapacidad no es incapacitación
Otra confusión con consecuencias. El artículo 6.6 del RD habla de personas con capacidad judicialmente modificada, que es una situación jurídica declarada. La discapacidad no es eso: da derecho a ajustes razonables en el examen, no a quedar fuera de él.
Quien tenga una discapacidad y deba examinarse hace el CCSE con las adaptaciones que procedan. Y conviene no confundirlo con otra sigla que despista: la «A2-NA» del calendario oficial del DELE significa «no alfabetizados», no «nacionalidad». Es una prueba adaptada, solo oral, de quince minutos, y está restringida a quien tenga dispensa previa del Ministerio de Justicia.
Al cumplir los dieciocho
El medio alternativo del artículo 6.6 acompaña a la minoría de edad y se agota con ella. Pero quien ha estudiado en España tiene una segunda puerta, y no todos los estudios abren la misma:
| Estudios cursados en España | De qué dispensan |
|---|---|
| ESO española | Del DELE y del CCSE, y sin necesidad de pedir dispensa previa |
| Bachillerato, FP o estudios universitarios | Solo del DELE |
| Currículo extranjero, aunque el centro esté en España | De nada |
La primera fila es la que más gente desconoce: haber terminado la ESO en España evita los dos exámenes. La tercera es la que más disgustos da, porque el centro está en la misma calle y el currículo no es español.
Hay además un plazo que vence justo en esos años y no se recupera: la opción del artículo 20.1.a), por haber estado sujeto a la patria potestad de un español, caduca a los veinte años de edad. Lo contamos en la página de hijos y nietos de españoles.
Errores frecuentes
- Pagar e inscribir al menor en el CCSE. No le corresponde: le corresponde el certificado del centro de formación.
- Creer que nacer en España da la nacionalidad. Da el plazo de un año del 22.2.a); la atribución de origen del 17.1 exige que la ley de los padres no atribuya nacionalidad.
- Usar la lista de la Instrucción de 2007 como si fuera de hoy.
- Presentar sin resolver la cuestión del artículo 5.2.a). La discrepancia entre la Ley 8/2021 y el reglamento sigue viva.
- Confundir discapacidad con capacidad judicialmente modificada.
Esto es información, no asesoramiento jurídico. En expedientes de menores concurren además normas de representación y de protección que ninguna página puede valorar, y una denegación es una decisión administrativa sobre un expediente concreto, no un juicio sobre la familia.
Preguntas frecuentes
¿Un menor tiene que hacer el CCSE y el DELE A2?
No. El artículo 6.6 del RD 1004/2015 y el artículo 10.6 de la Orden JUS/1625/2016 sitúan fuera de las pruebas a los menores y a las personas con capacidad judicialmente modificada. El matiz importa: el reglamento no emplea la palabra «exención», sino que articula un medio alternativo de acreditación mediante certificados de centros de formación.
¿Qué certificado hay que aportar por un niño escolarizado?
El del centro de formación. El texto del reglamento lo formula como obligatorio «en el caso de niños en edad escolar»: no es un documento de apoyo opcional, es el medio previsto para acreditar lo que en un adulto acreditan las dos pruebas.
¿Sigue haciendo falta la autorización del encargado del Registro Civil con dictamen del Fiscal?
Hay una discrepancia documentada. La Ley 8/2021 la suprimió, desde el 3 de septiembre de 2021, cuando existe acuerdo entre los representantes legales; el artículo 5.2.a) del RD 1004/2015 sigue exigiéndola porque no se ha adaptado. El Ministerio ha documentado el desajuste por nota oficial.
¿Un niño nacido en España de padres extranjeros es español?
No de forma automática por haber nacido aquí. Los artículos 17.1.b) y c) operan cuando la ley de los padres no le atribuye una nacionalidad, para evitar la apatridia. Depende, por tanto, del Derecho del país de los progenitores, que puede haber cambiado.
¿Y los hijos de saharauis?
Hay que separar dos supuestos que se mezclan siempre. Los hijos de saharauis nacidos en España pueden encajar en el artículo 17.1.c). Los nacidos en el antiguo Sáhara Español no, según la jurisprudencia del Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo.
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Practica las 300 preguntas del manual oficial.
Test por tarea y simulacros con el formato real de la prueba, con explicación de cada respuesta.
Fuentes oficiales
- Código Civil, artículos 17, 20 y 22 (BOE, texto consolidado)
- Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, artículos 5 y 6
- Orden JUS/1625/2016, de 30 de septiembre, artículo 10 (BOE-A-2016-9314)
- Ley 8/2021, de 2 de junio
- Instrucción de la DGRN de 28 de marzo de 2007
- Instituto Cervantes, web de exámenes CCSE y calendario DELE
Consultadas el 14 de agosto de 2026 en el «Boletín Oficial del Estado» y en las webs del Ministerio de Justicia y del Instituto Cervantes.
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